LA EUTANASIA INFANTIL
lunes, 17 de febrero de 2014
LA EUTANASIA INFANTIL
LA EUTANASIA INFANTIL
El 14
de febrero de 2014 el Parlamento federal belga aprobó por 86 votos a favor, 44
en contra y 12 abstenciones la eutanasia infantil sin límite de edad. Impresionado,
aunque no sorprendido, por esta triste noticia, me ha parecido oportuno hacer
las reflexiones que hago a continuación.
1. De
qué se trata
De
acuerdo con la ley aprobada, cualquier niño “suficientemente maduro”, según el
criterio de los médicos belgas, podrá solicitar la eutanasia por razón del
sufrimiento causado en su entorno por una enfermedad incurable. La aceptación
de su petición será aceptada cuando se manifieste un sufrimiento físico
insoportable, su muerte a corto plazo sea inevitable y la solicitud de una
muerte asistida sea “repetida y constante”, y para mayor INRI, con la
certificación y visto bueno de los padres. Pero conviene señalar ya con el dedo
a los genios que han apoyado esta ley bestial. Me refiero a los socialistas, a
los liberales valones y flamencos, a los verdes y al partido secesionista flamenco
N-VA. En contra se mantuvieron los democristianos valones y flamencos y el
partido de extrema derecha Vlaams Belang.
Ante
estos hechos he sentido el deber de conciencia de añadir algunas reflexiones a
lo que ya he dicho ampliamente en mis trabajos de Bioética y Biotanasia. Yo
estaba convencido de que por la misma regla de tres que se legalizó en tiempos
pasados la pena de muerte, el aborto y la eutanasia para adultos terminaría
legalizándose también la eutanasia infantil. Me hubiera gustado tener que retractar
esta diabólica presunción pero desgraciadamente el tiempo me ha dado la razón. Las
previsiones se han cumplido. Y sin más preámbulos pongo manos en la masa.
2.
Hasta aquí hemos llegado
En
pocas palabras el trayecto recorrido hasta la eutanasia infantil desde 1948 fue
el siguiente. El artículo 3.0 de la Carta Magna de las Naciones Unidas dice
así: «Todos
los individuos tienen derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona». Aparentemente se trata de una afirmación
feliz. Por desgracia, sin embargo, de acuerdo con el artículo 1, ese derecho a
la vida, a la libertad y a la seguridad se entiende referido sólo a los seres
humanos nacidos y no antes. Pero vengamos al asunto más en concreto.
Para entender el sentido exacto de este
artículo conviene conocer algunas de las proposiciones que precedieron a la
redacción definitiva del mismo. En tal sentido René Cassin había enviado al
Secretariado la observación siguiente: «La cuestión que nos ocupa es la de la
protección de la vida humana y del derecho a la existencia. Este problema no es
tan elemental como pueda parecer. En 1933, cuando Alemania comenzó a violar
estos mismos principios, todas las naciones del mundo se preguntaron si tenían
o no derecho a intervenir a fin de asegurar el respeto a estos principios y de
salvar la humanidad. Sin embargo, no intervinieron. Esta es la razón por la que
creo es fundamental afirmar el derecho de los seres humanos a la existencia».
El proyecto de declaración del Comité
jurídico interamericano decía: «Toda persona tiene derecho a la vida. Este
derecho comprende el derecho a la vida desde el instante de la concepción; el
derecho a la vida para los incurables, los débiles mentales y los alienados.
Comprende el derecho a la subsistencia y a la manutención para aquellos que no
pueden subvenir por sí mismos a sus necesidades; implica que el Estado tiene el
deber de velar para que esta subsistencia sea efectivamente asegurada. El
Estado no puede denegar el derecho a la vida sino a las personas convictas de
los crímenes más graves, que pueden implicar la pena de muerte».
Con estas dos proposiciones y otras que
fueron consultadas el Secretariado formuló su anteproyecto en estos términos:
“Todo individuo tiene derecho a la vida. Este derecho no puede ser rehusado más
que a las personas que han sido condenadas conforme a la ley por un crimen
merecedor de la pena de muerte. Todo individuo tiene derecho a la libertad
personal”.
Tres observaciones importantes. 1) El
derecho del que se habla se entiende referido a los nacidos. 2) Desaparece toda
alusión a los individuos considerados desde el momento de la concepción hasta
el parto en el sentido señalado por el Comité interamericano presentado por
Chile. 3) Se reconoce la legitimidad ética de la pena de muerte como castigo
legal contra determinados malhechores.
El reconocimiento explícito de la pena
de muerte no causó buena impresión por lo que René Cassin propuso un texto
resumido así: «Todo hombre tiene derecho a la vida y al respeto a su integridad
física. Todo hombre tiene derecho a la libertad y a la integridad de su
persona». Redacción obviamente redundante a juicio de la mayoría, por lo que se
sintetizó aún más la propuesta de Cassin de este modo: “Todo hombre tiene
derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. Este fue el
texto que se sometió a la Asamblea General.
Antes, sin embargo, dada la gravedad del
asunto, el señor Malik manifestó su disconformidad tratando de corregir dicho
texto con la enmienda siguiente: «Todo hombre tiene derecho a la vida y a la
integridad de su cuerpo desde el momento de su concepción, independientemente
de su condición física o mental; tiene igualmente derecho a la libertad y a la
seguridad de su persona». Y Chile insistió: «Los nascituri, los incurables, los
débiles mentales y los locos tienen derecho a la vida. Todo ser humano tiene
derecho a gozar de las condiciones de existencia que le permitan vivir con
dignidad y desarrollar normalmente su personalidad. Las personas incapaces de
atender a sus necesidades tienen derecho
a ser socorridas y alimentadas».
La cuestión estaba clara. Lo que al
Comité de redacción interesaba era orientar el sentido del artículo hacia la
libertad e integridad física de las personas nacidas. En tal sentido se expresó
Cassin. En consecuencia, las enmiendas anteriores debían ser rechazadas porque,
a juicio de la señora Begtrup, en nombre de la Comisión de la Condición de la
Mujer, el afirmar el derecho a la vida desde el momento de la concepción no se
conciliaba con las disposiciones de algunas legislaciones que preveían la
posibilidad de practicar el aborto como un derecho humano.
Tras una discusión tensa sobre otros
aspectos del artículo, como la cuestión de la pena de muerte y de la integridad
física, el texto quedó como sigue: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a
la libertad, y a la seguridad”. Aprobado el texto por 36 votos a favor, 12
abstenciones y ninguno en contra, la Asamblea General plenaria lo adoptó por
unanimidad y sin la menor discusión. Y colorín colorado, este cuento se ha
acabado y no hay más cera que la que arde. Actualmente
ya no cabe la menor duda sobre la justeza interpretativa del artículo 3.'0. Los
más devotos de la Declaración de los derechos humanos son frecuentemente los
que exigen la legalización del aborto y la eutanasia como formas de aplicar el
espíritu de la Declaración. Es cierto que el 4 de octubre de 1980 la Asamblea
del Consejo de Europa, en la resolución número 4376, hizo una interpretación
distinta con ocasión del Año Internacional del Niño. La Asamblea invitó a los
Gobiernos europeos a adoptar una «carta europea de los derechos de la infancia»
en la que se reconozca al niño el derecho a la vida desde el momento preciso de
la concepción.
Pero el hecho de esta resolución
confirma aún más que el sentido original del texto en cuestión de las Naciones
Unidas dejaba intencionadamente abiertas las puertas a la legalización del
aborto y de la eutanasia, como realmente ha ocurrido en la práctica. En la
mente de los redactores del artículo 3 se trata del derecho a la vida desde el
momento del nacimiento o parto de una mujer ya que por aquellas calendas no
cabía pensar en el nacimiento “in vitro”.
En cualquier caso los concebidos, natural
o artificialmente, pero no nacidos, están expresamente excluidos del derecho a
la vida del que se habla en dicho artículo. Igualmente están excluidos del
derecho a la vida cuantos puedan crear problemas incitativos a especular sobre
el recurso a la eutanasia. Todas estas son cuestiones internas de cada país.
En la intención de los autores el documento
no tiene más valor que el de una mera recomendación romántica, sometido a la
interpretación del sentido común condicionado por la situación política de cada
país y la emocional de cada persona. Por lo mismo, se producen fenómenos como
este: los que en nombre de los derechos humanos son tratados como «traidores»
en un país, en otros son tenidos por «héroes». Los políticos en el poder se
consideran representantes de los derechos humanos y persiguen a los
«guerrilleros», que luchan en la oposición. Cuando los «guerrilleros» escalan
el poder se produce el fenómeno inverso. Pues bien, todos ellos tratan de
encontrar apoyo en la Declaración de los derechos humanos de las Naciones
Unidas. Y lo que es más grave. En la Declaración se niega implícita, pero deliberadamente,
el derecho a la vida del nascituro y de los nacidos más indigentes, cuales son
todos aquellos que pueden ser objeto de especulaciones relacionadas con la
eutanasia y la experimentación científica.
Esta fue la intención de los redactores
del artículo 3.0, y que ha sido confirmada por la actitud de los Gobiernos que
han legalizado las prácticas abortivas en nombre del ejercicio de los derechos
y libertades proclamados en la ONU. Lo confirma también la postura de la
Organización Mundial de la Salud, que se limita a informar sobre el ejercicio
de las prácticas abortivas y de otras actividades médicas similares sin poner
lo más mínimo en tela de juicio su legitimidad en nombre de la Declaración de
los derechos humanos.
En dicha Declaración se niega el derecho
a la vida a los más inocentes, indefensos y débiles, cuales son el nascituro y
el enfermo en estado grave. Lo cual significa una violación institucionalizada
de la dignidad humana, cuyo respeto se invoca como a la razón última de la
libertad, de la justicia y de la paz en el mundo. Ahora bien, eso significa una
violación de los primeros principios de la recta razón práctica, que mandan
hacer el bien y evitar el mal, así como de los sentimientos más genuinos de
humanidad de las personas naturalmente honestas.
En el recurso al respeto de la dignidad
humana y en la aplicación práctica de ese principio hay una contradicción
encubierta. Por una parte se afirma rotundamente en el artículo 3,0 el derecho de
todo individuo a la vida. Pero al mismo tiempo se niega de forma solapada, pero
deliberada, ese derecho radical a los más débiles e inocentes. Lo cual repugna
al sentido común de cualquier persona medianamente honrada y de buena voluntad,
que, por otra parte, es el único criterio reconocido por la Declaración para
interpretar el significado y alcance de la expresión «dignidad humana».
Pues bien, lo que yo preveía hace más de
25 años nos lo han servido en bandeja los países que han legalizado el aborto contra
los inocentes en el seno de sus madres y la eutanasia contra los adultos más
débiles y necesitados. Faltaba rematar la faena con el infanticidio solapado en
la eutanasia infantil. Ahora sí que puede decirse con toda propiedad aquello de
“no te fíes ni de tu padre”. Históricamente corresponde a Bélgica el honor de
haber parido políticamente en el Parlamento esta ley irracional y monstruosa
inspirada en el más puro y castizo nazismo actualizado. Pero sigamos adelante.
3. La Biotanasia
de Estado al poder
Utilizo
el término BIOTANASIA para significar todas las formas de destruir vidas
humanas en el contexto de la bioética, y la expresión Biotanasia de Estado para
poner de relieve la brutalidad del Estado de Derecho cuando promueve o se hace
cómplice de la destrucción de vidas humanas en general y de modo especial en el
contexto de la bioética. Tal promoción o complicidad se lleva a cabo dando
cobertura legal al aborto, la eutanasia, la procreación humana de laboratorio,
algunas investigaciones sobre el genoma humano y la protección legal de
clínicas donde se practican los abortos. Sin olvidar la protección legal de
técnicas de reproducción humana de laboratorio las cuales conllevan la
destrucción rutinaria de embriones humanos. En febrero del 2014 se consumó otra
forma de biotanasia con la legalización en Bélgica de la “eutanasia infantil”.
Más en concreto cabe hacer las reflexiones siguientes.
En el
siglo XXI resulta ineludible destacar el rol del Estado de Derecho en materia
de biotanasia. De hecho los Parlamentos de todos los países del mundo han
legislado ya sobre estas cuestiones y existe un cuerpo jurídico impresionante a
escala mundial sobre las mismas. Paralelamente existe un cuerpo doctrinal de la
Iglesia. Cuando la muerte de seres humanos tiene lugar como consecuencia de
leyes respaldadas por profesionales del poder político y legislativo tiene
lugar la Biotanasia de Estado.
La
Biotanasia de Estado se refiere, como dije antes, a toda forma de destruir
vidas humanas en nombre del Estado de Derecho. Nos hallamos ante diversas
formas de producir la muerte apoyada y legalmente favorecida por las personas e
instituciones que ejercen el poder político y legislativo en la sociedad. En
pocas palabras cabe describir la génesis y proceso de este lamentable fenómeno
del modo siguiente.
Primero
empezaron los moralistas a discutir en las aulas sobre el trato científico que
algunos estaban dando a la vida humana a raíz de la segunda guerra mundial.
Luego se produjo la división de opiniones en la medida en que algunos empezaron
a justificar las prácticas abortivas respetando unas condiciones consensuadas.
Otros idealizaron el ejercicio de la libertad y de la promoción del progreso
científico relegando a un segundo plano el valor troncal de la vida humana
desde su orto hasta su ocaso natural. En este caldo de cultivo los cuerpos
legislativos se aplicaron a la creación de leyes favorables a esta mentalidad y
los políticos de turno más irresponsables la sancionaron aprobando leyes en
materia de bioética favorables a la práctica de la Biotanasia. Como es sabido,
una vez que se aprueba una ley, el Estado se compromete a facilitar su
cumplimiento penalmente si fuere menester, al margen de que objetivamente la
ley sea buena, mala, justa o injusta. Este es el criterio que se aplica
literalmente a la Biotanasia.
Como
áreas específicas de la Biotanasia de Estado, tal como queda definida, cabe
destacar las siguientes:
- Los
conflictos bélicos y el terrorismo de Estado.
- Holocaustos y genocidios.
- La pena de muerte como castigo legal.
- La legalización de las prácticas abortivas y de la
eutanasia activa contra los adultos y últimamente contra los niños.
- Legalización de todas las prácticas biomédicas que
llevan consigo la destrucción de embriones humanos. Por ejemplo, el diagnóstico
pre-implantatorio con fines abortistas, racistas o discriminatorios.
- El uso y destrucción de los denominados “embriones
sobrantes” por razones científicas, o simplemente pragmáticas, en el contexto
de las técnicas de reproducción in vitro y de la clonación humana.
- La destrucción de embriones humanos, producidos
natural o artificialmente, para ser utilizados como “bebés medicamento”.
- La destrucción de embriones humanos congelados al
cabo del periodo de tiempo legalmente autorizado para su conservación.
Por extensión
cabe hablar también de Biotanasia de Estado cuando la obra de muerte se lleva a
cabo en los hospitales con el visto bueno de los Comités de Ética o Bioética, los cuales toman decisiones mortíferas
sobre determinados pacientes de acuerdo con normas internas legalmente
autorizadas. Objetivamente hablando hay Biotanasia de Estado siempre que se
realiza una obra de muerte al amparo de una ley pública o de alguna normativa
privada no desautorizada.
Como
ejemplos emblemáticos de Biotanasia de Estado cabe destacar las decisiones que
desde 1994 empezaron a tomar algunos Gobiernos con vistas a destruir todos los
“embriones sobrantes” que llevaban cinco años en el congelador. En 1996 el
Gobierno británico, por ejemplo, tomó una decisión draconiana al respecto y en
el 2009 el nuevo presidente de los Estados Unidos no tuvo otra idea más feliz
que la de apresurarse a levantar las restricciones económicas vigentes contra
el uso y abuso científico de embriones humanos bajo el pretexto terapéutico. La
Biotanasia de Estado ha irrumpido así de una forma descarada, insaciable y
amenazante. Lo cual significa que el Estado se arroga el derecho a decidir
sobre la vida y muerte de las personas. Aquello de que al César lo que es del
César y a Dios lo que es de Dios no tiene vigencia ninguna en la actualidad. El
César se ha hecho con el poder absoluto del mundo y a Dios sólo se le reconoce
en el mejor de los casos un papel folclórico y culturalmente decorativo. Pero
dentro de la lógica de esta usurpación de poderes por parte del César cabe
hacer las siguientes observaciones sin ánimo de dar pistas al diablo.
4.
Sugerencias malvadas
Tal
como van las cosas cabe pensar que el próximo paso legislativo podría ser la
legislación del robo. Por ejemplo, castigando severamente el atraco y regulando
las formas pacíficas de robar en ausencia de los titulares de la propiedad.
Dicha regulación podría consistir en fijar por ley el tiempo, los lugares y
otras circunstancias protectoras del latrocinio. Seguro que disminuirían los
atracos a mano armada y se evitarían los conflictos entre ladrones y
propietarios. Lo mismo cabría pensar sobre las actividades terroristas. ¿Por
qué no determinar por decreto ley los lugares, horas y otras circunstancias con
vistas a que los terroristas administren los tiros en la nuca y los explosivos
según un orden establecido y no de forma tan inhumana y salvaje como lo han
venido haciendo hasta ahora? Sin olvidar el tema lacerante de la pederastia.
Si se
ha legalizado la eutanasia infantil con mayor razón habría que legalizar la
pederastia o abuso sexual de los niños por la simple razón de que los
pederastas suelen respetar la vida de sus víctimas mientras que con la
eutanasia infantil se destruye la vida de los niños enfermos. Pero, como reza
el aforismo latino, majora videbitis,
o sea, que los que vivan muchos años tendrán oportunidad de ver y oír cosas aún
más sorprendentes de las que termino de señalar. Por ejemplo, la regulación de
la mafia siciliana y sus tentáculos en el mundo entero, o del maltrato a
esposas, maridos y suegras. Los juristas y educadores tienen aquí un futuro
fascinante.
Para
terminar este capítulo de sugerencias malvadas a raíz de la legalización de la
eutanasia infantil en Bélgica, quisiera recordar que el infanticidio existió
siempre por motivos diversos y que uno de los signos distintivos de las
culturas más civilizadas consistió en combatir esas prácticas salvajes contra
la vida de los niños. Tengo la impresión de que, a pesar de las leyes
existentes a favor de los niños y las personas e instituciones dedicadas a la
protección de sus vidas y derechos, se ha producido un travestismo de valores
repugnante en el campo de las leyes públicas que nos devuelve a los peores
tiempos de la humanidad.
5. Al
César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios.
Después
de lo dicho hasta aquí pienso que no estará mal tener en cuenta el famoso diálogo
de Cristo con sus compatriotas cuando le echaron un pulso político para hacerle
caer en la trampa (Mt 22,15-27; Mc 12,13-17; Lc 20,20-26). Para ayudar a
entender el alcance de la respuesta de Cristo a sus provocadores me parece
oportuno recordar algunos ejemplos tomados de la actividad política
contemporánea.
Dar al
César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios fue la respuesta genial de
Cristo y que sus provocadores entendieron muy bien. Nos preguntamos ahora cómo
saber en nuestros días dónde está la frontera entre Dios y el César. O lo que
es igual, hasta dónde llega el poder legítimo de los políticos y legisladores y
empieza el poder de Dios. Una respuesta plausible puede ser la siguiente.
En mi
opinión la frontera de competencias es la vida de cada uno de nosotros. Me
explico. Es verdad que, según la teología cristiana, toda autoridad viene de
Dios, pero el uso de esa autoridad puede ser perverso por parte de los
políticos y toda clase de personas con algún tipo de poder sobre los demás. Pensando
ahora sólo en los dirigentes políticos y legisladores, resulta fácil discernir
hasta dónde llegan los poderes de las autoridades públicas y dónde empiezan a
abusar de esos poderes. ¿Qué poderes tienen las autoridades públicas y cuándo
violan las fronteras del poder de Dios sobre todas las cosas?
La
respuesta la tenemos en algunos ejemplos tomados de la vida real. Si el Papa o
los obispos, por ejemplo, pretendieran haciendo uso de su autoridad religiosa
imponer una determinada forma de Gobierno, la tarifa de precios en el mercado,
el horario de los autobuses urbanos o las leyes del tráfico aéreo o marítimo
(el lector puede multiplicar generosamente los ejemplos) es claro que el Papa y
los obispos estarían dando a Dios lo que es del César, o sea, a las autoridades
legítimas de un país.
Por el
contrario, si un Parlamento aprueba leyes protectoras de las prácticas
abortistas, de la eutanasia activa contra los adultos y últimamente contra los
niños, o se mete en camisas de once varas dictando a las autoridades de la
Iglesia lo que tienen que enseñar en cuestiones éticas o religiosas, se está dando al César lo que es de Dios, a
saber, la vida y la interpretación de sus misterios.
Históricamente
se han producido muchos abusos de autoridad tanto por parte del César como de
las autoridades religiosas. Pero lo que más me llama la atención hoy día es que
en los países con regímenes marxistas y totalitarios el César sigue metiéndose
donde no le llaman mientras que en los países democráticos Dios no es tenido
para nada en cuenta como punto de referencia en la administración del poder y
de la justicia.
He
conocido personalmente estas situaciones en los países comunistas del Este
europeo y en países democráticos como Inglaterra, Francia y España. Resulta
grotesco, por ejemplo, que el Gobierno de una nación controle los libros
litúrgicos y lo que se predica en las homilías, al estilo comunista, dando al
César lo que es de Dios. Pero no lo es menos, e incluso más grotesco todavía,
que el jefe de Estado de una nación sea al mismo tiempo el jefe supremo de la
Iglesia como ocurre en Inglaterra. Podía continuar poniendo ejemplos ridículos
e irrisorios que tienen lugar en Francia y en México, pero creo que con lo
dicho basta para entender que no se puede entregar al César la vida de las
personas ni a Dios lo que Él mismo ha querido que sea gestionado por los
hombres. Ahora bien, la vida de cada persona débil e indefensa, que es lo que
está en cuestión en la Biotanasia, es propiedad exclusiva de Dios y no del
Estado.
Algunos
dirán que eso no va con ellos porque no son creyentes. Me da igual porque a la
hora de la verdad Dios pedirá cuentas del trato que hemos dado a nuestros
semejantes lo mismo si somos creyentes como si no lo somos. Esto es algo así
como si los agentes de tráfico detienen a un conductor porque no ha respetado
el código de circulación y responde que es anarquista y que, por lo tanto, no
está obligado a respetar esas normas. Lo que termino de decir de los
conductores de vehículos en carretera es aplicable por igual a los conductores
aéreos y marítimos. Está claro que con este tipo de conductores sociales,
creyentes o no creyentes, lo más probable es que terminemos todos en algún
precipicio de montaña o en el fondo del mar.
6. De
pecadores, delincuentes y corruptos
Por
último cabe preguntarnos ahora sobre la calificación ética de las personas que
promueven y ejecutan las formas de conducta que hemos denunciado. En la
civilización occidental y judeo- cristiana hay tres calificativos fundamentales
de referencia para responder a esta pregunta que puede formularse así: los que
promueven y ejecutan deliberadamente y con conocimiento de causa las diversas
formas indicadas de Biotanasia con el colofón legal de la eutanasia infantil,
¿son pecadores, delincuentes, corruptos o las tres cosas a la vez? La respuesta
a esta pregunta exige, obviamente, la explicación previa del significado real
de esos calificativos. Vamos a ello.
El
término pecado se utiliza como
categoría teológica para significar que nuestra conducta no se ajusta a la
voluntad y designios de Dios. Matar a un hombre, por ejemplo, es pecado porque
no casa con la voluntad de Dios ni con sus designios sobre la vida humana. El
famoso Decálogo bíblico es un referente fundamental religioso para discernir
qué formas de conducta humana son pecaminosas o contrarias a la voluntad de
Dios. Dos condiciones esenciales para que una acción humana pueda ser
calificada como pecado son el conocimiento de causa que tenemos de lo que
hacemos y el estado subjetivo de libertad en que nos encontramos cuando
realizamos una acción. Pero no es mi intención explicar ahora todo el entramado
sicológico y teológico del pecado. Sólo me interesa aquí destacar la idea de
que el término pecado sugiere inmediatamente la implicación directa de Dios
como Señor del ser y de la vida.
Cuando,
por el contrario, nos limitamos a calificar una forma de conducta sin
referencia directa a Dios sino al sentido común, el uso correcto de la razón y
el respeto a las buenas costumbres y tradiciones, no hablamos de pecadores sino
de personas que no se comportan bien de acuerdo con esos parámetros culturales
de conducta. En este contexto se habla de moral y de ética sin más. Ahora bien,
ocurre que hay muchas formas de conducta que son consideradas buenas porque se
ajustan a las leyes y costumbres inventadas por los hombres, pero al mismo
tiempo son pecaminosas porque no casan con la voluntad y los designios de Dios.
El robar, odiar o matar a nuestros semejantes con la cobertura de las leyes
humanas, por ejemplo, siempre será un pecado gravísimo ante Dios por más que
las leyes lo promuevan o simplemente lo tengan por bueno. Lo mismo puede
decirse del odio. Hay culturas e ideologías políticas en las que el odio es
considerado como un incentivo legítimo para tratar a nuestros a los hombres de
distinta etnia o forma de pensar.
Otras
veces se trata de pecados de carácter restringido a las personas creyentes o
que libremente profesan una forma de vida determinada. Por ejemplo, una persona
que profesa el celibato peca cuando tiene relaciones sexuales con una mujer que
son propias del matrimonio. Peca quien abusa del matrimonio o conduce de forma
temeraria e irresponsable su vehículo. Toda acción humana mal hecha por
creyentes o no creyentes es objetivamente un pecado aunque no se diga.
Por
otra parte, no todo lo que es pecado para un creyente lo es para un no
creyente. Un católico, por ejemplo, que no va a misa el domingo porque no puede
por razones de edad o de salud, no peca. Como no peca un judío o un musulmán
por no ir a misa, sea cual sea su edad o estado de salud. La persecución
religiosa entre creyentes, sin embargo, es siempre un pecado detestable al
dejar a Dios por los suelos. Dicho lo cual me parece oportuno hacer una
aclaración importante.
Entre
los creyentes, en relación con el pecado, existe una pregunta en el aire que
exige una respuesta correcta. La pregunta puede formularse así: cuando un
creyente es consciente de que peca ¿ofende realmente a Dios? En caso afirmativo
parece lógico que exista alguna forma de pedirle perdón por la ofensa y para
ello está el sacramento de la confesión. En caso negativo, por el contrario, o
sea, si Dios no puede ser ofendido, el pedir perdón por los pecados no tendría
ya ningún sentido. Algunos van más lejos y dicen que Jesucristo satisfizo ante
Dios de una vez por todos con su muerte. Pienso que la respuesta a este
interrogante no es difícil.
Hablando
con propiedad y no metafóricamente, Dios no puede ser ofendido por los hombres
por la sencilla razón de que es inmutable
por naturaleza y no se perturba con nuestra conducta indeseable. Los seres
humanos nos turbamos y emocionamos por cualquier cosa mientras que Dios no
pierde los estribos ni su dignidad por la conducta de los hombres. Los
antropomorfismos tienen un valor simbólico y en ocasiones resultan pedagógicamente
útiles, pero hay que saberlos manejar correctamente.
A Dios
no le pedimos perdón como si nuestros pecados fueran causa de turbación y
tristeza para Él, al modo como se turba una persona humana cuando recibe un
tratamiento inadecuado. A Dios hay que pedirle perdón cuantas veces sea
necesario (setenta veces siete) para reconocer ante su divina y amorosa
majestad que hemos hecho cosas mal e impetrar su compasión y misericordia. Dios
no se siente ofendido por nuestra mala conducta pero ello no nos disculpa de
acudir a Él para pedirle perdón por las faltas y pecados que hemos cometido; o
lo que es igual, por las cosas malas que hacemos contra su voluntad y contra sus
designios inescrutables sobre la muerte y la vida.
Otra
pregunta que está en el candelero es la siguiente. ¿Es lo mismo ser pecador que
delincuente? La respuesta es también fácil. El término pecado, como queda dicho, hace referencia inmediata a Dios como
juez de vivos y muertos. El término delincuente,
en cambio, nos remite a las leyes creadas por los cuerpos legislativos
sociales. Peca el que se aparta deliberadamente de la senda de Dios y por ello
lo llamamos pecador. Y delinque quien se salta a la torera las leyes humanas
como, por ejemplo, el código de la circulación, o cualquiera otro código de los
muchos existentes en todos los sectores de la vida social. Con una
particularidad específica que consiste en lo siguiente. Una persona puede ser
considerada como delincuente por el mero hecho de incumplir una norma
establecida por la tradición, la costumbre o las leyes creadas por los cuerpos
legislativos de las naciones abstrayendo de si esas tradiciones, leyes y
costumbres son en sí mismas buenas o malas. Se han de cumplir por el mero hecho
de estar mandadas y quien las infringe incurre en un delito y es tratado como
delincuente.
Así las
cosas, cuando esas leyes son caprichosas u objetivamente malas, tiene lugar un
fenómeno triste y grotesco que consiste en lo siguiente. Si las obedecemos
somos pecadores ante Dios y si no las obedecemos somos delincuentes ante la
ley. Para paliar esta absurda e irracional situación se inventó la denominada
“objeción de conciencia” con el fin de que la ley reconozca el que una persona
pueda saltarse la ley sin delinquir ni ser castigada por ello.
Aplicando
todo esto al caso de las leyes que promocionan o toleran la destrucción impune
de vidas humanas, como es el de la provocación de abortos o la ejecución de la
eutanasia adulta e infantil, resulta que lo que lo correcto legalmente es
pecado gravísimo ante Dios y viceversa. Así pues, no siempre el pecador es
delincuente ni el delincuente es pecador. El médico que realiza abortos en una
clínica de acuerdo con las leyes establecidas no es delincuente pero sí un gran
pecador. Por el contrario, un gran pecador porque practica el terrorismo es
considerado por sus colegas de oficio como un héroe. De hecho, muchos de los
próceres políticos considerados como “padres de la patria” fueron matones y
malhechores, o sea, grandes pecadores públicos ante Dios. En resumidas cuentas,
que no siempre el delincuente es pecador ni el pecador es delincuente. Pero
queda todavía el rabo por desollar. ¿Qué tienen que ver los pecadores y
delincuentes con los corruptos? Tampoco resulta difícil responder a esta
pregunta.
El binomio
pecadores/corruptos lo ha puesto de moda el Papa Francisco en enero del 2014
dedicando una de sus homilías matinales expresamente a los corruptos en un
momento en que la corrupción entre la clase política era un tema predominante
en los medios de comunicación social. Centrado en el mundo de la política dijo
que hay instituciones, políticos y personas corruptas que han perdido su razón de
existir por no servir a la sociedad para servirse a ellos mismos.
Los corruptos piensan que
nunca han roto un plato, se creen autosuficientes, se sienten orgullosos de sus
habilidades y su lema es "tonto el que no roba". Los corruptos venden
la dignidad al mejor postor a cambio de actitudes tramposas y deshonestas, que
consiguen aumentar su autoestima hasta el punto de creerse los poseedores de la
virtud. Eso sí, tienen miedo a la verdad porque sus almas han adquirido
características propias de reptiles que se arrastran. Son muchas las
instituciones que atraviesan hoy día una "corrupción moral", fruto a
su vez de la corrupción individual.
"Donde está tu tesoro, allí estará también tu corazón".
Ahora bien, el corazón de los
corruptos está esclavizado por la avaricia aunque ellos se sientan libres y
autosuficientes. Perciben su condición como natural y de ahí que ni siquiera
tengan remordimientos de conciencia por tenerla ya anestesiada. Los corruptos
procuran mantener siempre la apariencia, como sepulcros banqueados, y se
muestran exquisitos en sus modales para esconder sus malas costumbres. Tratan
siempre de justificarse comparándose con los demás a los que consideran idiotas
y anticuados. Corrupción y desfachatez van siempre de la mano. Es tal la
degeneración metafísica del corrupto que construye una falsa identidad que le
hace sentirse triunfalista, que no triunfador. El Papa remató la faena con esta
exclamación: "Pecadores, sí; corruptos, no". Al filo de esta
proclamación cabe hacer las observaciones siguientes.
Como S. S. Francisco dijo en
otra ocasión, todos somos pecadores, incluidos los obispos y el Papa. O sea
que, nadie puede alardear de decir de esta agua nunca he bebido. Pero los
pecadores somos también gente honrada, cosa que no puede decirse de los
corruptos. El pecador reconoce sus pecados, errores y equivocaciones ante Dios,
desea de corazón regresar a la casa del Padre y se entrega sin reservas a su
misericordia infinita. El pecador puede recaer en el pozo de sus pecados pero
está siempre dispuesto y deseoso de no volver a las andadas y regresar de forma
definitiva al redil de Dios.
El corrupto, en cambio, se
instala arrogantemente en la maldad de sus acciones para convertirlas en su
caldo de cultivo habitual; se convierte así en un profesional de la maldad de
la que respira como si fuera oxígeno de alta calidad. El corrupto no se gana el
pan con el sudor de su frente y la bondad del corazón, sino haciendo él el mal
o promocionándolo como un experto consumado; nunca se arrepiente de lo que hace
mal y busca formas de convivencia hipócrita con los que hacen el bien. Sólo
algunos ejemplos prácticos de corrupción humana.
Hay médicos, por ejemplo, que
en lugar de ser garantes de la salud destruyen diariamente la vida de muchos inocentes
en las clínicas abortistas. La corrupción en este caso consiste, primero, en la
permisión legal de las mismas. A partir de este momento se planifica la
construcción de esas clínicas con el aval de la ley y comienza el trabajo
abortista. El mal queda así convertido en una institución social de la que vive
todo el personal que colabora en la matanza diaria de niños en el vientre de su
madre.
El paso siguiente consiste en
considerar estas instituciones de muerte como centros de servicio social entre
los muchos otros legalmente protegidos. Por último está la cuestión económica.
En esos centros tiene lugar un pingüe movimiento de dinero por lo que el asunto
de abortar es equiparado legalmente a las empresas lucrativas. La clínica que
más abortos produce más dinero pone en juego en el mercado laboral y más es
respetada por la ley. El aborto se convierte así en un asunto de mercado y los
cuerpos de los niños destrozados son tratados como residuos de quirófano. Pero
esto es lo de menos para ellos porque en todas las empresas y fábricas hay que
contar con los residuos. Lo importante es que el trabajo abortista resulte económicamente
rentable y no hay más que hablar, porque cuando habla el dinero enmudece la
razón. Así las cosas, una vez que el aborto es reducido a mera cuestión de
marketing la corrupción alcanza su grado máximo de maldad institucionalizada y
sus líderes dejan de ser vistos como corruptos para ser tratados legalmente
como servidores sociales.
Este es sólo un ejemplo
emblemático de personas pecadoras y corruptas al mismo tiempo. Ejemplos
análogos los encontramos por doquier en el campo de la política, de las
finanzas y de la educación en las escuelas y centros superiores de enseñanza. El
Papa Francisco se refirió inicialmente a la corrupción de muchos políticos
actuales y abrió la puerta para entrar críticamente en los dominios de la
corrupción humana en todos los sectores sociales. Y ahora el mensaje papal: en
la Iglesia cabemos todos los pecadores pero no hay reservado ningún lugar para
los corruptos tal como han sido definidos. Dios perdona a todos los pecadores
arrepentidos de corazón que desean volver al redil. Pero no a los corruptos que
se instalan en la maldad retando a Dios. No es que Dios no pueda o no quiera
perdonarlos, es que ellos no se dejan perdonar y prefieren seguir instalados en
sus maldades. Para los pecadores arrepentidos, mesa con mantel. Para los
corruptos empedernidos como los que propugnan la eutanasia infantil, ni agua. NICETO
BLÁZQUEZ, O.P.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)